PÉREZ JUAN, J.A., Reclamaciones en materia de quintas: Alicante (1820-1823), en Las guerras en el primer tercio del siglo XIX en España y América / coord. por Paulino Castañeda Delgado, Vol. 2, 2005, ISBN 84-86379-71-7, págs. 119-135.

 

Resumen:

La doctrina ha descrito de manera acertada los fraudes e injusticias cometidos en las operaciones de quintas de finales del s.XVIII. Las falsificaciones y el uso fraudulento o indebido de las exenciones contribuyeron de manera decisiva a crispar los ánimos de la población más débil, motivando el estallido de motines populares. Las autoridades gubernativas fueron conscientes de esta circunstancia y trataron de mitigar en la medida de lo posible las irregularidades e injusticias del llamamiento a filas regulando el proceso de incorporación al servicio militar. Es precisamente éste el objeto de nuestro trabajo. Analizar el procedimiento establecido por la legislación de principios del s.XIX para atajar los excesos cometidos en materia de quintas, estudiando las garantías introducidas al efecto para la salvaguarda de los derechos individuales.

¿Qué órgano o instancia administrativa tramita las reclamaciones de los quintos?

¿Qué personas están facultadas para presentarlas?

¿Cómo son tramitadas? ¿Se garantizan los derechos de los particulares?

Todas estas cuestiones son analizadas en este estudio. Para responder a todas ellas nuestra investigación se centra en el estudio de las levas aprobadas por el gobierno durante los últimos años del Trienio Liberal y su tramitación en la provincia de Alicante. La elección está justificada. De un lado, durante estos años se realizaron distintos llamamientos a quintas por parte de las autoridades centrales. Esta circunstancia nos permite disponer de numerosos supuestos concretos que ayudan a conocer la praxis de la legislación vigente, detectando cualquier tipo de anomalía o alteración al respecto. De otro, la provincia de Alicante nace como entidad territorial autónoma e independiente de la de Valencia en estas fechas cuando por decreto de 27 de enero de 1822 el gobierno dividirá de manera provisional el territorio peninsular. De este modo observamos como se desarrolló la quinta en estas nuevas provincias carentes de datos estadísticos fiables que garantizaran la equidad en el reparto del contingente militar entre sus municipios.