PÉREZ JUAN, J.A., La reforma de la administración territorial en 1870: la Comisión Provincial de Alicante, en Reformistas y reformas en la administración española, 2005, ISBN 84-7351-238-3, págs. 437-450.

 

Resumen:

La Constitución española de 1869, al regular el régimen jurídico de los Ayuntamientos y Diputaciones, se remite a la legislación de desarrollo posterior, pero antes fija las directrices a seguir por la citada normativa. En ellas reconoce, de un lado, la autonomía de los entes territoriales para la gestión de sus intereses peculiares y, de otro, articula medidas  que permitirán un mayor control de la actividad provincial y local por parte de las autoridades centrales. Al respecto, se establece un principio de publicidad de las sesiones, obligando a difundir los «acuerdos importantes» en general y, en particular, aquellos adoptados en materia de presupuestos y cuentas. Además se autoriza al rey y  a las Cortes a prohibir que las Corporaciones territoriales se extralimiten en sus funciones y finalmente exige que se especifiquen las competencias de estas instituciones en materia de impuestos «a fin de que los provinciales y municipales no se hallen nunca en oposición con el sistema tributario del Estado». Es decir, configura una administración territorial descentralizada bajo la supervisión y control de las autoridades centrales. En cumplimiento del citado mandato constitucional, el 20 de agosto de 1870 se promulgaba una nueva ley provincial.

El artículo estudia el articulado de esta nueva disposición, señalando las características más relevantes de la misma. Asimismo, constituye objeto de este trabajo la aplicación práctica del nuevo marco legal analizando la creación de la Comisión provincial en Alicante.